Suponen un engaño para los alumnos de ingeniería de las universidades.
Fuente: Ingenieros BIZKAIA Tema: Enseñanza
Con motivo de la futura modificación del Real Decreto 1393/2007, Ordenación de las Enseñanzas Oficiales del Sistema Universitario Español, el COGITI – Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España ha vuelto a exigir la eliminación de los denominados «grados blancos» en Ingeniería, que ofrecen las universidades, y no habilitan para el ejercicio profesional.
El COGITI señala que existen titulaciones con denominaciones similares en diferentes universidades y que, sin embargo, unas otorgan atribuciones profesionales y otras no, lo que provoca una enorme confusión entre los alumnos, los empleadores y la propia sociedad.
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Propuestas del COGITI
El COGITI plantea una serie de propuestas:
1ª.- Que se reserve el nombre de Graduado/a en Ingeniería, únicamente a las titulaciones que cumplan las diferentes órdenes CIN que definen los planes de estudios conducentes a las profesiones reguladas.
2ª.- Que se obligue a las universidades a ofrecer la información completa sobre los efectos profesionales de las titulaciones que ofrecen, indicando de forma clara si dan o no acceso a profesión regulada, y en caso afirmativo a cuál de ellas.
3ª.- En el ámbito de las Ingenierías se deberían definir los principios mínimos de formación común para todas, y además para cada una de las ramas de la Ingeniería (Industrial, naval, agrícola, forestal, minas, etc…), de tal forma que los grados actuales pudiesen ser abiertos, y una vez cursado el 1er año común a la Ingeniería (60 ECTS), poder elegir la rama que cubriría otros 90 (ECTS), y ya posteriormente realizar la tecnología específica de esa rama con otros 60 (ECTS), quedando el resto (30 ECTS) hasta 240 para el TFG y asignaturas de libre configuración.
4ª.- Que se prohíban de forma expresa aquellos títulos de grado creados de forma expresa para facilitar la incorporación a un determinado máster, por cuanto van en contra de cualquier principio básico de las condiciones que han de cumplir los títulos de grado, que no solo han de ser autosuficientes para la incorporación al mercado laboral, sino que además debería surgir de las demandas sociales, laborales y económicas, y no de la propia universidad.
5ª.- Aunque está meridianamente claro, no solo en el espíritu, sino en la esencia del Espacio Europeo de Educación Superior, y que además ha sido refrendado por sentencia del Tribunal Supremo, debe quedar expresamente prohibido el que se pueda acceder al nivel de máster, sin tener finalizado por completo un título universitario oficial, respetando de esta forma la meritocracia que entendemos ha de primar en la enseñanza superior.
6ª.- Modificar el texto del R.D. en el sentido de que se obligue a las universidades a reconocer la experiencia profesional demostrable, con criterios lo más homogéneos posible y dentro de los límites que se marquen.
7ª.- Que se reserve la formación dual en el ámbito universitario, única y exclusivamente a los másteres, dado que los títulos de grado deben sentar las bases genéricas y técnico científicas de los egresados, sin que quepa la posibilidad de sustituir esos contenidos más allá de fijar un máximo de 30 ECTS de prácticas tuteladas.
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Noticia ofrecida por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Bizkaia